¿Cómo se desahoga la prueba pericial desde los protocolos de investigación? ¿Debe recibirse en juicio el informe pericial y tratarse como una documental privada o pública según la naturaleza de la pericia? ¿Debe, necesariamente, interrogarse al perito en juicio? ¿Si el perito ha sido interrogado hace falta, además, la pericia documental?

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