ARMANDO JUAREZ BRIBIESCA[1]
El desarrollo de la próxima elección judicial ha generado múltiples debates, resistencias y oposiciones que giran en torno a la independencia judicial. Sin importar, la elección judicial avanza y ahora, toca el turno de las pretensiones autoritarias orientadas a criminalizar y discriminar a quienes se postularon a dichos cargos judiciales para excluirlos de la elección popular.
En dicho contexto, ha surgido el planteamiento de pretender retirar candidaturas a los abogados que han defendido a ciudadanos acusados por hechos que la ley señala como delitos; y que, por desplegar la defensa de una persona impopular en un proceso judicial, se afirma falsamente que les descalifica para ser candidatos.
El anterior argumento es peligroso y autoritario, porque representa y comprende una grave regresión democrática; y, el desconocimiento pleno a los principios que corresponden a un Estado Social y Democrático de Derecho.
Las razones son diversas, pero me ocupare de las que considero relevante desde mi perspectiva como profesor universitario y abogado postulante; por lo que, consideraré las razones jurídicas, las éticas e incluso las constitucionales.
Primeramente, debemos considerar que el Derecho a una Defensa es un Derecho Constitucional establecido en el artículo 1, 17, 20 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que es conforme a lo establecido en el artículo 1 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En general, se garantiza un Derecho a la Defensa formal y material en igualdad de condiciones que el órgano acusador, así como con pleno respeto al principio a la presunción de inocencia.
Luego entonces, la representación jurídica de un ciudadano implica que se el Estado Mexicano respete la función esencial de los Defensores en aras de que se materialice un equilibro indispensable en el proceso jurisdiccional. Desde este punto, nos podemos percatar que el estigmatizar a los abogados por el hecho de ejercer su profesión, actualiza una estigmatización y criminalización que deviene en una vulneración indirecta a ese Derecho. Y, ello es así, porque se pretende criminalizar el ejercicio legítimo de una defensa técnica con base en criterios criminalización y exclusión.
Por otra parte, los ciudadanos deben considerar que cualquier persona que se encuentre relacionada con un proceso judicial, ello no implica que la persona que le represente legalmente como su abogado avale la materia del juicio. Incluso, los abogados como representantes legales no avalan o califican un hecho delictivo. Y, ello es así, porque un abogado representa a un ciudadano dentro del marco legal, para evitar abusos del poder.
En consecuencia, no se puede pretender generar una confusión de la labor del abogado con la criminalización del ejercicio de su profesión, derivado de una postura ideológica o por criterios que lo criminalizan.
En dicho contexto, considero que el pretender excluir a los candidatos a la próxima elección judicial, por el tipo de personas que representan y/o el tipo de delito por el que fueron sujetas a un proceso judicial, actualiza un mecanismo de discriminación política e ideológica. El mensaje autoritario es claro: sólo los abogados que jamás hayan defendido a una persona impopular o indeseable para el sistema pueden aspirar a la judicatura por vía del voto popular. Esas formas autoritarias, tienen como fin un poder judicial sumiso a intereses de opinión pública o poderes fácticos, y no a criterios jurídicos.
Incluso, muchos de los abogados que ejercen la profesión del litigio, han desarrollado su trayectoria en representación y Defensa de los Derechos de los ciudadanos. Por lo que, el pretender excluirlos de la elección judicial, impide y se pretende que no lleguen personas con experiencia directa en el sistema judicial, con visión crítica del uso del poder punitivo y con conocimientos profundos de la transgresión a Derechos Humanos. Su inclusión, enriquece la calidad del juzgamiento.
Con todo, el pretender normalizar esa pretensión autoritaria de criminalizar y excluir a los abogados que representan a personas impopulares, así como el excluirlos de la elección judicial, actualiza una lógica del populismo penal que forma parte de una política autoritaria que pretende privilegiar, la apariencia de dureza frente al delito por encima del respeto a los Derechos Humanos.
Por último, no olvidemos que el pretender que los jueces que sean electos por voto popular en la siguiente elección judicial, sean personas ajenas a personas impopulares, es sólo un intento autoritario de construir un Poder Judicial alineado con la narrativa punitiva y ajena a la imparcialidad. Incluso, esa pretendida exclusión de los candidatos judiciales por todo lo anteriormente comentado, constituye una forma de censura institucional, contraria al pluralismo jurídico, a los Derechos Humanos y a los principios más básicos de un Estado Social y Democrático de Derecho. Al final, es claro que Defender no descalifica; por el contrario, demuestra un compromiso con el Estado de Derecho en el que los jueces deben ser imparciales, su trayectoria no debe ser juzgada por las personas a quien representaron, dentro del marco legal y la ética profesional.
PROFESOR DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO
DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNAM
LICENCIADO EN DERECHO (UNAM)
ESPECIALISTA EN DERECHO PENAL (UNAM)
MAESTRO EN DERECHO CONSTITUCIONAL (UNAM)
POSGRADO EN DELICUENCIA CORPORATIVA
Y CRIMINAL COMPLIANCE (SALAMANCA)
